Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Constituciones
/
Constitución de la Provincia del Neuquén
/
Art. 130
Ley 0
Artículo 130
Enseñanza superior y universitaria
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
La enseñanza superior y universitaria se ejercerá dentro de un régimen autónomo y será gobernada democráticamente, en la misma proporción por profesores, estudiantes y egresados.
← Artículo anterior
Art. 129 — Acceso y permanencia
Artículo siguiente →
Art. 131 — Educación física
Normas relacionadas
Relacionada con
Constitución Nacional
→
← Ver en Constitución de la Provincia del Neuquén completa
Constituciones →