Ley 0

Artículo 2Soberanía Popular

Texto oficial

El poder emana del Pueblo, quien delibera y gobierna por medio de sus representantes y autoridades legalmente constituidas, con excepción de los casos del referéndum, consulta, iniciativa y revocatoria populares. A toda persona con derecho a voto le asiste el derecho a iniciativa ante los cuerpos colegiados para la presentación de proyectos.

Normas relacionadas

← Ver en Constitución de la Provincia de Río Negro completaConstituciones