Ley 0

Artículo 110Elección de legisladores

Texto oficial

Los Diputados y Senadores son elegidos simultáneamente con el gobernador y vicegobernador, salvo cuando sólo haya renovación parcial de las Cámaras. (*)

Qué significa en la práctica

Los diputados y senadores se eligen simultáneamente con el gobernador y vicegobernador.

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