Ley 0

Artículo 130Proyectos desechados

Texto oficial

Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las Cámaras puede repetirse en las sesiones del mismo año. Pero si sólo es adicionado o corregido por la Cámara revisora, vuelve a la de su origen, y si en ésta se aprobasen las adiciones o correcciones por mayoría absoluta, pasa al Poder Ejecutivo. Si las adiciones o correcciones son desechadas, vuelve por segunda vez el proyecto a la Cámara revisora; y si aquí fuesen sancionadas nuevamente por una mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes, pasa el proyecto a la otra Cámara, y no se entiende que ésta reprueba dichas adiciones o correcciones si no concurre para ello el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.

Qué significa en la práctica

Un proyecto desechado totalmente no puede repetirse en el mismo año.

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