Ley 0

Artículo 29Idoneidad para empleos públicos

Texto oficial

Todos los habitantes de la Provincia son admisibles en los empleos públicos sin otra condición que la idoneidad. La ley determina los casos en que se requiera la ciudadanía.

Qué significa en la práctica

Los habitantes son admisibles en los empleos públicos sin más condición que la idoneidad.

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