Ley 0

Artículo 151Sanciones de las ordenanzas

Texto oficial

Como sanción de sus ordenanzas las autoridades municipales podrán imponer multas o arrestos hasta un máximo que fijará la ley. Podrán igualmente por razones de seguridad e higiene, disponer la demolición de construcciones, la clausura y desalojo de locales, y el secuestro, destrucción, de objetos o mercaderías notoriamente nocivas, para lo cual podrán usar de la fuerza pública y recabar orden de allanamiento

Qué significa en la práctica

Las autoridades municipales pueden imponer multas o arrestos como sanción de sus ordenanzas.

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