Ley 0

Artículo 58Difusión cultural

Texto oficial

La Provincia promoverá la creación de institutos de difusión cultural, y extremará las medidas tendientes a consolidar la paz social sobre las bases de justicia e igualdad para todos los habitantes.

Qué significa en la práctica

Promueve la creación de institutos de difusión cultural.

Normas relacionadas

← Ver en Constitución de la Provincia de Santa Cruz completaConstituciones