Ley 0

Artículo 120Requisitos para los magistrados

Texto oficial

Para ser miembro de la Corte Suprema de Justicia, vocal o fiscal de las cámaras de se requiere ser ciudadano argentino, poseer título de abogado y tener, por lo menos, treinta años de edad, diez de ejercicio de la profesión de abogado o de la magistratura y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en ésta. Para ser juez de primera instancia se requiere ser ciudadano argentino, poseer título de abogado y tener, por lo menos veinticinco años de edad, cuatro de ejercicio de la profesión o de la función judicial como magistrado o funcionario y dos años de residencia inmediata en la Provincia si no hubiere nacido en ésta. La ley fija las condiciones exigidas para los jueces creados por ella.

Qué significa en la práctica

Fija los requisitos para integrar la Corte o las cámaras de .

Normas relacionadas

← Ver en Constitución de la Provincia de Santa Fe completaConstituciones