Ley 0

Artículo 147Acusación por Diputados

Texto oficial

A la Cámara de Diputados compete, a petición escrita y fundada de alguno de sus miembros o de cualquier habitante de la Provincia, la facultad de acusar ante el Senado a los funcionarios anteriormente mencionados por mal desempeño de sus funciones, cometido en el ejercicio de éstas o crímenes comunes.

Qué significa en la práctica

La Cámara de Diputados formula la acusación en el .

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