Ley 0

Artículo 3Estado y orden religioso

Texto oficial

La Provincia asegura la distinción entre el Estado y el orden religioso y no establece religión oficial. La relación entre el Estado, la Iglesia Católica, las iglesias y los cultos legalmente reconocidos se rige por los principios de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad.

Qué significa en la práctica

La Provincia distingue el Estado del orden religioso y no establece religión oficial.

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