Ley 0

Artículo 97Poder Ejecutivo

Texto oficial

El Poder Ejecutivo es ejercido por un ciudadano con el título de gobernador de la Provincia y, en su defecto, por un vicegobernador, elegido al mismo tiempo, en igual forma y por idéntico período que el gobernador.

Qué significa en la práctica

El Poder Ejecutivo lo ejerce el gobernador, con un vicegobernador en su defecto.

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