Ley 0

Artículo 122Efectos del fallo

Texto oficial

Si el acusado fuere declarado culpable, la no tendrá más efecto que el de destituirlo y aún inhabilitarlo para ejercer cargos públicos, sin perjuicio de su y penal.

Qué significa en la práctica

El fallo solo destituye al acusado y puede inhabilitarlo.

Normas relacionadas

← Ver en Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur completaConstituciones