Ley 0

Artículo 125Elección del Gobernador

Texto oficial

El Gobernador y el Vicegobernador serán elegidos directamente por el Pueblo de la Provincia y ejercerán sus funciones por el plazo de cuatro años, sin que evento alguno pueda motivar su prórroga, ni tampoco que se lo complete más tarde.

Qué significa en la práctica

El Gobernador y el Vicegobernador se eligen directamente por el pueblo.

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