Ley 0

Artículo 83Aguas públicas

Texto oficial

Las aguas que sean de público y su aprovechamiento están sujetas al interés general. El Estado, mediante una ley orgánica, reglamenta el uso racional de las aguas superficiales y subterráneas y adopta las medidas conducentes a evitar su contaminación y el agotamiento de las fuentes.

Qué significa en la práctica

Las aguas de público y su aprovechamiento están sujetos al interés general.

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