Ley 0

Artículo 106Memoria anual

Texto oficial

En los treinta días posteriores a la apertura del período legislativo, los ministros presentarán a la Legislatura una memoria detallada del estado de la Administración en lo relativo a sus respectivos departamentos, indicando en ella las reformas que aconsejen la experiencia y el estudio.

Qué significa en la práctica

Los ministros presentan a la Legislatura una memoria anual de su gestión.

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