Ley 0

Artículo 62Inmunidad de opinión

Texto oficial

Los legisladores no serán nunca molestados por los votos que constitucionalmente emitan y opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos dentro y fuera del recinto legislativo.

Qué significa en la práctica

Los legisladores no pueden ser molestados por los votos u opiniones que emitan.

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