Ley 0

Artículo 82Atribuciones del Defensor

Texto oficial

Son atribuciones y deberes del la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en esta Constitución, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano.

Qué significa en la práctica

El defiende y promueve los derechos humanos y demás derechos.

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