Artículo 255Reforma del art. 1196 del Código Civil y Comercial (locación)
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 1196 — Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por la Código Civil y Comercial y sus modificatorias por el siguiente: “ARTÍCULO 1196.- Fianza, garantía y periodicidad del pago. Las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la . Las partes pactaran libremente la periodicidad del pago, que no podrá ser inferior a mensual.”
Qué significa en la práctica
Modifica el Art. 1196 — Código Civil y Comercial sobre locaciones: las partes pueden pactar libremente el monto y la moneda del depósito en garantía y la forma de devolverlo, y fijar la periodicidad del pago del , que no puede ser inferior a mensual. Acompaña la desregulación del tras derogar la Ley de Alquileres.