Artículo 27Personal del Centro Nacional de Ciberseguridad
Texto oficial
El personal del CENTRO NACIONAL DE CIBERSEGURIDAD (CNC), organismo descentralizado dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se regirá por las previsiones de la Ley Marco de Regulación de Nacional N° 25.164 y sus modificaciones.
Qué significa en la práctica
El personal del Centro Nacional de Ciberseguridad se rige por la Ley Marco de Regulación de Nacional 25.164 y sus modificatorias.