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DNU 941/2025 (reestructuracion de la SIDE)
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Art. 39
Ley 941/2025
Artículo 39
Vigencia
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Texto oficial
La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
Qué significa en la práctica
El decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
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