daño emergente
Definición
Componente del daño patrimonial que comprende la pérdida efectivamente sufrida en el patrimonio de la víctima como consecuencia directa del hecho dañoso. Incluye los gastos ya realizados (médicos, de reparación, de traslado) y la disminución concreta del activo patrimonial.
Ejemplo práctico
En un accidente de tránsito, los gastos de reparación del vehículo dañado, las facturas médicas y los medicamentos constituyen daño emergente reclamable.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa "daño emergente" en derecho?
Componente del daño patrimonial que comprende la pérdida efectivamente sufrida en el patrimonio de la víctima como consecuencia directa del hecho dañoso. Incluye los gastos ya realizados (médicos, de reparación, de traslado) y la disminución concreta del activo patrimonial.
¿Podés dar un ejemplo de daño emergente?
En un accidente de tránsito, los gastos de reparación del vehículo dañado, las facturas médicas y los medicamentos constituyen daño emergente reclamable.
¿Qué normas se relacionan con daño emergente?
Daño emergente se vincula con: art. 1738 CCyCN.