dominio
Definición
Derecho real de mayor amplitud que confiere a su titular el uso, goce y disposición de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio es perfecto cuando es perpetuo y no está gravado; es imperfecto cuando está sujeto a condición o plazo, o cuando existe un desmembramiento como el usufructo.
Ejemplo práctico
El propietario de un terreno tiene dominio sobre él y puede construir, alquilar, venderlo o hipotecarlo, respetando las restricciones urbanísticas y las limitaciones al dominio establecidas por ley.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa "dominio" en derecho?
Derecho real de mayor amplitud que confiere a su titular el uso, goce y disposición de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio es perfecto cuando es perpetuo y no está gravado; es imperfecto cuando está sujeto a condición o plazo, o cuando existe un desmembramiento como el usufructo.
¿Podés dar un ejemplo de dominio?
El propietario de un terreno tiene dominio sobre él y puede construir, alquilar, venderlo o hipotecarlo, respetando las restricciones urbanísticas y las limitaciones al dominio establecidas por ley.
¿Qué normas se relacionan con dominio?
Dominio se vincula con: art. 1941 CCyCN.