Civil

dominio

Definición

Derecho real de mayor amplitud que confiere a su titular el uso, goce y disposición de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio es perfecto cuando es perpetuo y no está gravado; es imperfecto cuando está sujeto a condición o plazo, o cuando existe un desmembramiento como el usufructo.

Ejemplo práctico

El propietario de un terreno tiene dominio sobre él y puede construir, alquilar, venderlo o hipotecarlo, respetando las restricciones urbanísticas y las limitaciones al dominio establecidas por ley.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa "dominio" en derecho?

Derecho real de mayor amplitud que confiere a su titular el uso, goce y disposición de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio es perfecto cuando es perpetuo y no está gravado; es imperfecto cuando está sujeto a condición o plazo, o cuando existe un desmembramiento como el usufructo.

¿Podés dar un ejemplo de dominio?

El propietario de un terreno tiene dominio sobre él y puede construir, alquilar, venderlo o hipotecarlo, respetando las restricciones urbanísticas y las limitaciones al dominio establecidas por ley.

¿Qué normas se relacionan con dominio?

Dominio se vincula con: art. 1941 CCyCN.

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