mora
Definición
Estado de retraso imputable en el cumplimiento de una obligación, que genera consecuencias jurídicas a cargo del deudor moroso: intereses, daños y perjuicios. En las obligaciones con plazo determinado, la mora opera automáticamente al vencimiento (mora automática); en las de plazo indeterminado, requiere interpelación del acreedor.
Ejemplo práctico
Si el inquilino no paga el alquiler el día pactado, entra en mora automáticamente y el locador puede reclamar intereses punitorios desde esa fecha sin necesidad de intimación previa.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa "mora" en derecho?
Estado de retraso imputable en el cumplimiento de una obligación, que genera consecuencias jurídicas a cargo del deudor moroso: intereses, daños y perjuicios. En las obligaciones con plazo determinado, la mora opera automáticamente al vencimiento (mora automática); en las de plazo indeterminado, requiere interpelación del acreedor.
¿Podés dar un ejemplo de mora?
Si el inquilino no paga el alquiler el día pactado, entra en mora automáticamente y el locador puede reclamar intereses punitorios desde esa fecha sin necesidad de intimación previa.
¿Qué normas se relacionan con mora?
Mora se vincula con: art. 886 CCyCN.