Civil

solidaridad

Definición

Modalidad de las obligaciones con pluralidad de sujetos en la que cada deudor está obligado al pago total de la deuda (solidaridad pasiva) o cada acreedor puede exigir el cobro íntegro (solidaridad activa). El acreedor puede demandar a cualquiera de los deudores solidarios por el total. La solidaridad no se presume: debe surgir de la ley o del contrato.

Ejemplo práctico

Los tres socios que firmaron un pagaré como deudores solidarios pueden ser demandados individualmente por el total de la deuda; si uno paga, puede luego repetir contra los otros su proporción.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa "solidaridad" en derecho?

Modalidad de las obligaciones con pluralidad de sujetos en la que cada deudor está obligado al pago total de la deuda (solidaridad pasiva) o cada acreedor puede exigir el cobro íntegro (solidaridad activa). El acreedor puede demandar a cualquiera de los deudores solidarios por el total. La solidaridad no se presume: debe surgir de la ley o del contrato.

¿Podés dar un ejemplo de solidaridad?

Los tres socios que firmaron un pagaré como deudores solidarios pueden ser demandados individualmente por el total de la deuda; si uno paga, puede luego repetir contra los otros su proporción.

¿Qué normas se relacionan con solidaridad?

Solidaridad se vincula con: art. 827 CCyCN.

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