Ley 11.357

Artículo 5Bienes propios y gananciales de la mujer

Texto oficial

Los bienes propios de la mujer y los bienes gananciales que ella adquiera no responden por las deudas del marido, ni los bienes propios del marido y los gananciales que él administre responden por las deudas de la mujer.

Qué significa en la práctica

Los bienes propios y gananciales de la mujer no responden por las deudas del marido, ni a la inversa: cada uno responde con lo suyo.

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