Ley 11.683

Artículo 53Obligados a pagar accesorios

Texto oficial

Están obligados a pagar los accesorios quienes deban abonar los respectivos impuestos, anticipos y otros pagos a cuenta. Contribuyentes imputables

Qué significa en la práctica

Están obligados a pagar los accesorios quienes deban abonar los respectivos tributos.

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