Ley 14.473

Artículo 107Inspector general

Texto oficial

El cargo de inspector general se proveerá por concurso de títulos y antecedentes de conformidad con las prescripciones de los artículos 102 y 103. Podrán participar los subinspectores generales e inspectores de enseñanza media con dieciocho (18) años de antigüedad en la docencia y concepto no inferior a "muy bueno". Este concurso estará a cargo de jurados cuya designación se realizará de acuerdo con lo que disponen los artículos 28 y 103 de este estatuto. .

Qué significa en la práctica

El cargo de inspector general se provee por concurso de títulos y antecedentes conforme al estatuto.

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