Ley 14.473

Artículo 136Establecimientos comprendidos

Texto oficial

Están comprendidos en la categoría de establecimientos de enseñanza superior, los institutos nacionales de profesorado secundario y los cursos de profesorado de las escuelas normales, los institutos nacionales de profesorado y perfeccionamiento artístico, los institutos nacionales de profesorado de educación física y los institutos de formación de profesores, de perfeccionamiento técnico docente, del personal en ejercicio o de investigación docente que puedan crearse en el futuro.

Qué significa en la práctica

Enumera los establecimientos comprendidos en la categoría de enseñanza superior (institutos nacionales de profesorado, etc.).

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