Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Estatuto del Docente (Ley 14.473)
/
Art. 44
Ley 14.473
Artículo 44
Asignaciones familiares
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
El personal docente gozará de las asignaciones familiares en igualdad de condiciones al personal civil de la Nación. .
Qué significa en la práctica
El personal docente goza de las asignaciones familiares en igualdad de condiciones con el personal civil de la Nación.
← Artículo anterior
Art. 43 — Bonificación por ubicación
Artículo siguiente →
Art. 45 — Índices por cargo
Normas relacionadas
Relacionada con
Ley 26.206 (Educación Nacional)
→
Relacionada con
Ley 24.521 (Educación Superior)
→
← Ver en Estatuto del Docente (Ley 14.473) completa
Leyes →