Ley 14.473

Artículo 75Resultado de los concursos

Texto oficial

El resultado de los concursos de antecedentes y de oposición lo establecerá la junta de clasificación, por la valoración de títulos, antecedentes y calificaciones de las dos pruebas de oposición aprobadas; su resultado, así como el orden de mérito de los concursantes, será publicado. Los aspirantes tendrán derecho, de acuerdo con dicho orden, a elegir la vacante del cargo concursado en la que desearen ser designados. .

Qué significa en la práctica

La junta de clasificación establece el resultado de los concursos por la valoración de antecedentes y oposición.

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