Artículo 4Trámites por intermedio de la Federación
Texto oficial
Todas las gestiones relacionadas con la presente ley, serán iniciadas ante los poderes públicos correspondientes, por intermedio de la Federación Argentina de Radioaficionados o la entidad más representativa o a título personal, conforme lo establezca la reglamentación de la presente.
Qué significa en la práctica
Las gestiones vinculadas a esta ley se hacen ante los poderes públicos a través de la Federación Argentina de Radioaficionados, de la entidad más representativa o a título personal, según la reglamentación.