Ley 16.986

Artículo 18Ámbito de aplicación

Texto oficial

Esta ley será de aplicación en la Capital Federal y en el territorio de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Asimismo, será aplicada por los jueces federales de las provincias en los casos en que el acto impugnado mediante la acción de provenga de una autoridad nacional.

Qué significa en la práctica

La ley se aplica en la Capital Federal y en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, y por los jueces federales de provincia cuando el acto proviene de una autoridad nacional.

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