Los técnicos en ortesis y prótesis o en aparatos ortopédicos podrán realizar actividad privada o en establecimientos asistenciales oficiales o privados habilitados y controlados por la Secretaría de Estado de Salud Pública, en las condiciones que se reglamenten.
Qué significa en la práctica
Los técnicos en ortesis y prótesis realizan su actividad en lugares habilitados.