Ley 17.132

Artículo 57Prohibiciones a los kinesiólogos

Texto oficial

Les está prohibido a los kinesiólogos y terapistas físicos: a) Efectuar asistencia de enfermos sin indicación y/o médica; b) Realizar exámenes fuera de la zona corporal para la que hayan recibido indicación de tratamiento; c) Realizar indicaciones terapéuticas fuera de las específicamente autorizadas.

Qué significa en la práctica

Enumera las conductas prohibidas a los kinesiólogos y terapistas físicos.

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