La carta de porte puede ser extendida al portador, a la orden o nominativamente. SECCION E: Transporte de carga postal (Sección derogado por art. 221 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023)
Qué significa en la práctica
La carta de porte puede extenderse al portador, a la orden o nominativamente.