Ley 17.285

Artículo 124Formas de la carta de porte

Texto oficial

La carta de porte puede ser extendida al portador, a la orden o nominativamente. SECCION E: Transporte de carga postal (Sección derogado por art. 221 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023)

Qué significa en la práctica

La carta de porte puede extenderse al portador, a la orden o nominativamente.
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