Ley 17.285

Artículo 143Atenuación por culpa de la víctima

Texto oficial

La responsabilidad del transportador podrá ser atenuada o eximida si prueba que la persona que ha sufrido el daño lo ha causado o contribuido a causarlo.

Qué significa en la práctica

La responsabilidad se atenúa o exime si el transportador prueba que el damnificado causó o contribuyó al daño.
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