Se consideran aeronaves tripuladas y no tripuladas los aparatos o mecanismos que puedan circular en el espacio aéreo y que sean aptos para transportar personas o cosas. (Artículo sustituido por art. 190 del Decreto N° 70/2023 B.O. 21/12/2023)
Qué significa en la práctica
Define aeronave (tripulada o no) como el aparato apto para circular en el espacio aéreo y transportar personas o cosas.