Ley 17.285

Artículo 66Propietario como explotador

Texto oficial

El propietario es el explotador de la aeronave salvo cuando hubiese transferido ese carácter por debidamente inscripto en el Registro Nacional de Aeronaves.

Qué significa en la práctica

El propietario es el explotador, salvo que haya transferido ese carácter por inscripto.
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