Sin perjuicio de lo dispuesto por los artículos 17, 22 y 27 bis de la presente ley, los permisos de exploración y las concesiones de explotación regulados por esta ley serán adjudicados mediante licitaciones en las cuales podrá presentar ofertas cualquier persona que reúna las condiciones establecidas en el artículo 5° de la presente ley y cumpla los requisitos exigidos en esta sección. ( Artículo sustituido por Art. 124 — Ley de Bases B.O. 8/7/2024. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
Qué significa en la práctica
Los permisos y concesiones se adjudican por concurso o licitación.