Ley 17.418

Artículo 63Valor tasado

Texto oficial

El valor del bien a que se refiere el seguro se puede fijar en un importe determinado, que expresamente se indicar  como tasación. La estimación será el valor del bien al momento del siniestro, excepto que el asegurador acredite que supera notablemente este valor. Universalidad o conjunto de cosas

Qué significa en la práctica

El valor del bien puede fijarse en un importe determinado expresamente como valor tasado.

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