Los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren al asegurador hasta el monto de la abonada. El asegurado es responsable de todo acto que perjudique este derecho del asegurador.
Excepciones
El asegurador no puede valerse de la subrogación en perjuicio del asegurado.
Seguros de personas
La subrogación es inaplicable en los seguros de personas.
SECCION VI
Desaparición del interés o cambio de titular
Desaparición antes de la vigencia
Qué significa en la práctica
Los derechos del asegurado contra un tercero por el siniestro se transfieren al asegurador que paga.