Ley 17.454

Artículo 571Indicación del comprador

Texto oficial

El comprador deberá indicar, dentro de tercero día de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos. En su defecto, se lo tendrá por adjudicatario definitivo. El comitente constituirá domicilio en esa presentación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 41, en lo pertinente. REGULARIDAD DEL ACTO

Qué significa en la práctica

El comprador debe indicar por quién compró dentro de tercero día.

Normas relacionadas

← Ver en Código Procesal Civil y Comercial de la Nación completaLeyes