Ley 17.454

Artículo 575Comunicación de la subasta

Texto oficial

Decretada la subasta se comunicará a los jueces embargantes e inhibientes. Se citará a los acreedores hipotecarios para que dentro de tercero día presenten sus títulos. Los de grado preferente, dentro del mismo plazo, podrán solicitar el aumento de la base hasta cubrir el importe de sus créditos. RECAUDOS

Qué significa en la práctica

La subasta se comunica a los jueces embargantes e inhibientes.

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