Ley 17.801

Artículo 42Ley complementaria y vigencia

Texto oficial

La presente ley es complementaria del Código Civil y comenzará a regir el 1º de julio de 1968.

Qué significa en la práctica

La ley es complementaria del Código Civil (hoy Código Civil y Comercial) y rige desde el 1 de julio de 1968.

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