Texto oficial
A partir de la fecha de vigencia de la presente ley quedan derogados los artículos 75 a 86 inclusive del Código de Comercio; el decreto Ley 15.353/46, ratificado por Ley 13.894; el Art. 2 — Ley 13.571; los artículos 3º inciso d), primera parte, 43 y 44 del decreto 25.120/49; el decreto 12.793/49 ; los artículos 3º, inciso d), primera parte, 44 y 45 del decreto Ley 14.570/56; los artículos 2º, inciso b), 41 y 51 del decreto Ley 13.126/57; y toda otra disposición que se oponga a esta ley.