Ley 18.248

Artículo 7Extranjeros nacionalizados

Texto oficial

Los extranjeros, al solicitar la nacionalización argentina, podrán pedir a la autoridad que la acuerde, la adaptación gráfica y fonética al castellano de sus apellidos de difícil pronunciación.

Qué significa en la práctica

Los extranjeros que se nacionalizan pueden pedir la adecuacion de su nombre.
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