Ley 18.345

Artículo 140Embargo y citación a oponer excepciones (juicio ejecutivo)

Texto oficial

. Citación para oponer excepciones. Recibida la ejecutiva, el juez decretara sobre los bienes del deudor y lo citará para que oponga excepciones dentro del plazo de TRES (3) días posteriores a la bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.

Qué significa en la práctica

Recibida la ejecutiva, el juez decreta sobre los bienes del deudor y lo cita para que oponga excepciones.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Procedimiento Laboral completaLeyes