Ley 18.711

Artículo 22Ajuste de la normativa vigente

Texto oficial

Dentro de los NOVENTA (90) días, el Ministerio del Interior y los Comandos en Jefe del Ejército y la Armada, propondrán los nuevos instrumentos legales y/o normativos que correspondan para ajustar, a los fines de la presente ley, las leyes orgánicas y su respectiva reglamentación, reglamentos propios de cada fuerza de seguridad, equipamiento, despliegue y además, en su oportunidad, toda otra medida que resulte necesaria.

Qué significa en la práctica

Ordena a los ministerios y comandos proponer, dentro de los 90 días, los instrumentos legales o normativos necesarios para ajustar la normativa existente a esta ley.

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