Los "alojamientos turísticos", además de cumplir con lo dispuesto en el artículo 2º, inciso b) deberán exhibir en la entrada principal y como complemento del nombre del establecimiento, la clase asignada. Los hoteles de turismo deberán agregar la categoría.
Qué significa en la práctica
Los alojamientos turísticos deben exhibir en su entrada principal la clase asignada, y los hoteles de turismo además la categoría.