Ley 19.108

Artículo 1Creación de la Cámara Nacional Electoral

Texto oficial

Créase la Cámara Nacional Electoral que tendrá asiento en la Capital Federal, con en todo el territorio de la Nación.

Qué significa en la práctica

El artículo fundacional del : crea el tribunal, le da asiento en la Capital Federal y en todo el territorio de la Nación. Nació con el nombre de Sala Electoral; el Art. 2 — Ley 19.277, de octubre de 1971, sustituyó esa denominación por la de Cámara Nacional Electoral, y este artículo fue reescrito con el nuevo nombre por el artículo 1° de esa misma ley. Que la sea nacional es lo que permite que un solo tribunal unifique el criterio electoral en los 24 distritos.

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